Estudios previos para ingresar a la carrera de Arquitectura

Pueden ingresar a la carrera de Arquitectura:

1. Quienes finalizaron alguno de los siguientes estudios:

. Plan REFORMULACIÓN 2006 de ANEP, opción Matemática y Diseño o Físico-Matemática.
. Bachillerato Diversificado de ANEP, orientación Científica, opción Arquitectura o Ingeniería.
. Plan de Transformación de la Educación Media y Superior (TEMS) de ANEP, orientaciones: Científico-Matemática o Arte y Comunicación.
. Bachillerato Técnico de CETP (ex-UTU): Área Construcción, Ayudante de Arquitecto e Ingeniería Civil, Constructor, Electro Electrónica, Instalador Sanitario, Instalador Eléctrico con opción Arquitectura.
. Bachillerato Profesional CETP (ex-UTU) de la Escuela Técnica Superior Marítima, opción Carpintería de Ribera.
. Bachillerato Figari en Artes y Artesanías – Dibujo y Pintura, de CETP (ex-UTU).
. Bachillerato Figari, orientación Escultura, Plan 2008, en Escuela de Artes y Artesanías – DGETP-UTU. (Resolución Consejo FADU 13/03/2024)
. Bachillerato en Carpintería de Obra Blanca y Equipamiento, Plan 89, de CETP (ex-UTU).
. Bachillerato Tecnológico – Área Energías Renovables, de CETP (ex-UTU).
. Bachillerato Profesional de CETP (ex-UTU) – Área Maderas y Afines – Carpintería.
. Bachillerato Profesional de CETP (ex-UTU), orientaciones: Construcción, Electrónica, Instalaciones Eléctricas e Instalaciones Sanitarias.
. Educación Media Tecnológica de CETP (ex-UTU), orientaciones: Construcción, Diseño, Electromecánica, Electro-electrónica y Electro-electrónica (opción binacional).
. Bachillerato Tecnológico en Termodinámica de CETP (ex-UTU).

2. Estudiantes con una materia pendiente de Secundaria o UTU, que deberá ser aprobada antes del 31 de julio para obtener la inscripción definitiva y reconocer los cursos realizados en el 1er. semestre. En caso contrario el estudiante quedará habilitado para rendir exámenes, recién, a partir del período siguiente a la fecha de su ingreso en forma definitiva.

3. Quienes hayan cursado la Escuela Militar (se les revalidarán las asignaturas que correspondan).

4. Estudiantes que hayan aprobado estudios en la Udelar, equivalentes a 80 créditos o a un año de estudios como mínimo (Art. 36 de la Ordenanza de Estudios de grado y otros programas de formación terciaria), sin pre-requisitos respecto a la orientación de bachillerato.

5. Egresados de la Udelar, sin pre-requisitos respecto a la orientación de bachillerato.


Excepciones

Podrán solicitar la inscripción a cualquier carrera de la Udelar quienes estén amparados en el art. 34 de la Ordenanza de Grado de Udelar, el cual establece que:

“(…) el Consejo Directivo Central podrá permitir el ingreso de personas que cuenten con la formación necesaria para seguir con aprovechamiento cursos universitarios. Para ello se tendrá en cuenta los conocimientos, habilidades y aptitudes alcanzadas dentro o fuera de la educación formal que habilitan la continuidad educativa (…)”.

Si aplica a esta solicitud comuníquese al mail: bedelia@fadu.edu.uy

Publicado por | 13 de diciembre de 2023 - 08:53 | Actualizado: 19 de marzo de 2024 - 11:22 | PDF

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