Información

Cobro de Sueldos – Elección de cuenta Bancaria
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Instituto de Capacitación y Formación (ICF)
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Constancia de cargos
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Módulo de Autogestión de Personal (MAP)
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LICENCIAS:
Ordenanza de licencias

Actualización de la Ordenanza de licencias:

Resolución 6 del CDC del 22/08/23

Procedimiento para solicitud de licencias ante Oficinas de Personal

Por información click aquí

  • Licencias por Enfermedad
    El médico certificador lo puedes solicitar a través del MAP  Aquí. En caso de no poder realizarlo por Internet debes solicitarlo por teléfono al Departamento de Personal, el superior inmediato será notificado por correo electrónico de la certificación. Asimismo, se informa que las solicitudes de certificaciones médicas a realizarse los días de paro deberán ingresarse únicamente a través del MAP.
  • Licencia por maternidad
    Pre-parto: Es obligatorio tomar cuatro semanas antes del parto y se pueden tomar un máximo de siete semanas. Debe ingresarse la solicitud en el Departamento de Personal o solicitud a través del MAP
    vía web adjuntando ficha obstétrica y certificado BPS donde conste la fecha probable de parto.
    Post-parto: Esta licencia puede ser tramitada por cualquier persona, presentando la constancia de nacimiento del bebe y previa solicitud del pedido correspondiente en el Deparamento de Personal. La licencia postparto debe comenzar el mismo día del nacimiento del bebe.
    Medio horario por lactancia: Se tramita a partir del reintegro de la licencia postparto, previa solicitud del pedido correspondiente al departamento de Personal. El medio horario se extiende hasta que el bebe cumpla seis meses.
    Medio horario complementario por lactancia: Se realiza mes a mes hasta el año de vida del lactante, presentando certificado del pediatra tratante y previa solicitud del pedido en Departamento de Personal.
  • Licencia Extraordinaria de carácter Social
    Debe especificar si solicita licencia social total o licencia social parcial (medio horario). Debe adjuntar en lo posible comprobante de su situación (por ej. un certificado médico de un familiar internado al que está cuidando) El funcionario se dirige con dicho formulario a su jefe o director inmediato quien toma conocimiento de la situación. Éste debe tener presente para resolver, lo estipulado en el Art. 32 de la Ordenanza de Licencias: “Estas situaciones serán resueltas por parte de los Directores inmediatos en primer término mediante modificaciones temporales en los turnos u horarios, con un plazo máximo de treinta días y de común acuerdo con el funcionario.”
    Con toda esa información, Personal confecciona el expediente , incorpora el informe de cargo del funcionario , y le da pase a la Secretaria de la Facultad para que tome conocimiento. Posteriormente dicho expediente es enviado desde la Secretaría a la División Universitaria de la Salud. Cuando el expediente vuelve de la DUS al Dpto. de Personal, se envía a la Secretaria de Facultad para que tome conocimiento y lo eleve al Sr. Decano.
    Formulario_licencia_extraordinaria_caracter_social

Cobro de sueldo
De acuerdo a la Ley de “inclusión financiera” Nº 19210, tienes derecho a elegir el banco a través del cual vas a percibir tus haberes. A partir de tomar posesión, cuentas con 10 días hábiles para la elección. Si optas por una institución financiera distinta de la que tiene convenio con la Facultad deberás concurrir a la institución bancaria que elijas, solicitar la apertura de una “cuenta sueldos” y entregar la documentación en el Departamento de Personal.
Luego puedes cambiar de Banco, cuando tengas como mínimo un año de antigüedad en la cuenta bancaria.

DGI
El formulario 3100 es utilizado para la liquidación del IRPF, depende de cada situación el modo más conveniente de completarlo. Para obtener asesoramiento deberás concurrir a la DGI o consultar a un contador. El Departamento de Personal recibe y registra los formularios. Aquí

Cambio de código de salud
La Facultad está integrada al Fondo Nacional de Salud, por este motivo, cada funcionario realiza su aporte de acuerdo a su situación familiar. Ésta se corresponde con un “código de salud”. Cuando la situación cambia, debes notificarnos para que el código asignado sea el correcto. Cuando nace tu primer hijo o el menor cumple 18 años, tu cónyuge deja de tener cobertura por su actividad laboral o pasa a tenerla. O cualquier otra modificación en el núcleo familiar o la situación laboral de sus integrantes que implique el comienzo o finalización de la cobertura de tus hijos o cónyuge por tu actividad laboral. El formulario necesario se encuentra aquí. Y es necesario también completar la Declaración de BPS. Los distintos códigos de salud y sus descripciones están en el formulario.


BENEFICIOS SOCIALES:

  • Hogar Constituido
    Los funcionarios que cumplan con alguna de estas condiciones:
    • estar casado o cuenta con declaración judicial de reconocimiento de unión concubinaria (ley 18.246)
    • tiene a su cargo familiar hasta el 2° grado de consanguinidad inclusive y comparten su domicilio.
    Completando una declaración de modificación de datos personales y beneficios sociales, a la cual deberá adjuntar comprobantes de la situación declarada. Lleva un timbre profesional para declaración jurada.
  • Asignación Familiar
    Aquellos funcionarios cuyos ingresos en el núcleo familiar no superen las 10 BPC y tengan hijos y/o menores a cargo en las siguientes situaciones:
    a- Hasta los 16 años del menor, si éste no estudia.
    b- Hasta los 18 años comprobando su condición de estudiante.
    c- Sin límite de edad en caso de incapacidad física o psíquica debidamente comprobada.
    d- Hasta los 18 años en el caso de los hijos de funcionarios fallecidos. Los funcionarios jubilados tienen derecho a percibirla de acuerdo a las normas vigentes en su período de actividad.
    Completando una declaración de modificación de datos personales y beneficios sociales, a la cual deberá adjuntar comprobantes de la situación declarada. Lleva un timbre profesional para declaración jurada.
  • Prima por matrimonio
    Aquellos funcionarios con un año de antigüedad que contraigan matrimonio. Debe ser solicitada antes de los 60 días corridos posteriores al casamiento, pasado ese límite se pierde el beneficio. Completando una declaración de modificación de datos personales y beneficios sociales, a la cual deberá adjuntar comprobantes de la situación declarada. Lleva un timbre profesional para declaración jurada.
  • Prima por nacimiento
    Todos los funcionarios que adopten o tengan un hijo. Debe solicitarse antes de los 60 días corridos desde el nacimiento o de producida la legitimación adoptiva o adopción, pasado ese plazo se pierde el beneficio. Completando una declaración de modificación de datos personales y beneficios sociales, a la cual deberá adjuntar comprobantes de la situación declarada. Lleva un timbre profesional para declaración jurada.

Sistema suplementario de Cuota Mutual
Está destinado a aquellos integrantes del núcleo familiar que no tengan derecho a ser amparados por el sistema nacional integrado de salud ni por otro régimen de cobertura médica. Para solicitar el beneficio debes tener 20 o más horas semanales de dedicación horaria en la Universidad y que la misma sea tu principal fuente de ingreso. Por más información sobre Beneficios Sociales aquí.

Inscripciones al nuevo Sistema Suplementario de Cuota Mutual a partir del 15 de agosto:

Nuevo instructivo Cuota Mutual 2024

Seguro de Vida
Todos los funcionarios de la Universidad contamos con un seguro de vida básico. El mismo puede ser ampliado por cada uno, para conocer las condiciones puedes consultar aquí
Si usted desea ampliar o elegir un beneficiario para el plan de Seguro de Vida e Incapacidad que la UdelaR mantiene en convenio con BSE, debe completar los siguientes formularios:
Formulario Seguro de Vida
Formulario Seguro de Vida ANEXO

Instructivo para actuar en caso de accidentes laborales del personal remunerado de la Udelar:

Instructivo BSE

Bienestar Universitario
El Servicio Central de Bienestar Universitario ofrece una variedad de actividades y convenios en las áreas de salud, becas, cultura, deporte, alimentación y recreación. Resaltamos el Programa de Apoyo a la Salud y al Bienestar del Funcionario y Estudiante Becario. Aquí

Convenio con BPS Y MTSS para la cobertura de lentes, prótesis y órtesis
Les recordamos a todo el funcionariado T/A/S y docente que en el marco del convenio de BPS y MTSS las y los trabajadores de Udelar podrán acceder a la cobertura de lentes, prótesis y órtesis que brinda BPS.
Accederán a este beneficio las personas cuya única actividad laboral sea en la Universidad de la República, y podrán hacer uso de él a partir del primer día del mes siguiente al año de ingreso a la actividad como dependientes de la Udelar. Es importante señalar que este subsidio tiene límites de cobertura en función del salario percibido y que esta información se encuentra detallada en la Guía PDF adjunta denominada:
Guía para tramitar la prestación de lentes, prótesis y órtesis
Quienes deseen hacer uso de la prestación deberán presentarse en el Banco de Previsión Social con la documentación necesaria para iniciar el trámite.

 
2.14.0.0

Publicado por | 11 de julio de 2019 - 10:20 | Actualizado: 7 de noviembre de 2023 - 10:06 | PDF